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Liquidez · Facturación

Pago oportuno de facturas: qué viene para la liquidez de tu pyme en Chile

19 de octubre de 2026 12 min de lectura Equipo Apex Pymes · Temuco
Libro contable abierto con columnas de cifras

Qué anunció el Gobierno con el proyecto ProPyme

En el marco de la Semana de la Pyme 2026, el Ejecutivo anunció dos proyectos de ley ProPyme. Uno de ellos está enfocado en mejorar la liquidez de las empresas de menor tamaño, especialmente mediante medidas que favorezcan el pago oportuno de facturas y reduzcan las dificultades de financiamiento.

Según el Ministerio de Economía, el objetivo declarado es fortalecer la capacidad financiera de las pymes, garantizando que los pagos se realicen de manera oportuna y evitando que prácticas injustificadas retrasen el cobro de las facturas, para que los emprendedores cuenten efectivamente con los recursos que les corresponden.

Es importante que tengas claro un punto: esto todavía no es ley. Se trata de un anuncio del Ejecutivo. El proyecto aún no ha sido presentado al Congreso y el Gobierno espera ingresarlo en las próximas semanas, con un ingreso previsto para comienzos de noviembre de 2026, sujeto a confirmación.

Como contexto, las autoridades citan cifras del Servicio de Impuestos Internos: en Chile existen más de 1,2 millones de pymes, que representan el 98,5% de las empresas y generan el 47% del empleo.

El mecanismo que se evalúa: intereses automáticos por pago tardío

El corazón de la iniciativa, según lo comunicado por el Ministerio de Economía, es desincentivar las demoras injustificadas de los grandes compradores. Para promover un pago más oportuno de facturas, se evalúa que, ante el incumplimiento de los plazos pactados, los intereses se devenguen automáticamente y se paguen junto con el capital.

En una mesa con 12 gremios, realizada el 5 de octubre de 2026, se discutieron cuatro ejes de trabajo:

  • Mantener en 12,5% el impuesto de primera categoría para las pymes.
  • Crear una transición con tasas crecientes hasta el régimen general de 23%.
  • Facilitar patentes municipales provisorias.
  • Hacer que los intereses por pago tardío de facturas se causen (devenguen) automáticamente.

Usamos verbos condicionales a propósito: mientras no veas el articulado ingresado al Congreso, no conviene dar por hechos plazos ni montos específicos del futuro proyecto. Lo responsable es seguir la tramitación en fuentes oficiales una vez que se le asigne un número de boletín.

Lo que ya está vigente hoy: la regla de pago a 30 días

Más allá del anuncio, ya tienes herramientas legales vigentes para defender tu liquidez. La Ley 21.131, promulgada en enero de 2019 (publicada el 16-01-2019 y vigente desde el 17-05-2019), estableció como regla general un plazo máximo de 30 días corridos desde la recepción de la factura para pagarla.

Puntos clave que debes conocer:

  • Es una norma de aplicación general: afecta a todas las empresas que emitan y/o reciban facturas, independiente de su tamaño.
  • Son días corridos, no hábiles. Si emites una factura el 1 de marzo y tu cliente la recibe ese mismo día, el plazo máximo para pagarte es el 31 de marzo, contando fines de semana y festivos.
  • Aplica a facturas. Las boletas de venta y servicio, y las boletas de honorarios, no son parte de esta ley.
  • La gradualidad ya se cumplió: el plazo fue de 60 días durante los primeros 24 meses y se redujo a 30 días a partir del 17 de enero de 2021.

Qué puedes cobrar si no te pagan a tiempo

La Ley 21.131 ya contempla consecuencias concretas cuando el pago se atrasa, y conviene que las conozcas para hacerlas valer:

  • Interés moratorio: el cliente que no pague dentro del plazo deberá un interés que corresponde al interés corriente por cada día de atraso.
  • Comisión de recupero fija: equivalente al 1% del monto adeudado en caso de incumplimiento.
  • Ambos se calculan sobre el saldo insoluto contenido en la factura, es decir, sobre lo que realmente se adeuda y no necesariamente sobre el valor total.

Además, la Ley 21.131 incorporó el retraso en el pago como un acto de competencia desleal: se incluye de manera expresa el incumplimiento de los plazos de pago de los saldos insolutos de las facturas. Esta es una herramienta poderosa frente a grandes compradores que demoran sistemáticamente los pagos.

Sobre los plazos excepcionales: las partes pueden pactar un plazo mayor a 30 días solo si el acuerdo consta por escrito, lo suscriben todas las partes, no constituye abuso para el acreedor y se inscribe en el registro del Ministerio de Economía dentro de cinco días hábiles. Si no se inscribe, rige el plazo de 30 días. Entre grandes empresas compradoras y pymes vendedoras existen restricciones adicionales para estos pactos.

Mecanismos prácticos para proteger tu flujo de caja

Mientras avanza el proyecto ProPyme, puedes activar hoy varias acciones concretas para cuidar tu liquidez:

  • Gestiona la aceptación del DTE a tiempo: el comprador tiene 8 días para aceptar o rechazar la factura; pasado ese plazo, se entiende irrevocablemente aceptada. Esto se administra en la plataforma del SII, en "Registro de Aceptación o Reclamo de un DTE".
  • Si tu deudor es el Estado: la Ley 21.131 obliga a los organismos públicos a pagar dentro de 30 días corridos desde la recepción conforme de la factura, sin importar el tamaño de tu empresa. Existe un canal de reclamo por pago no oportuno en Mercado Público. Ojo: ChileCompra no tiene competencia para fiscalizar ni exigir pagos, ya que esa responsabilidad es del organismo comprador. Para el plazo específico de cada caso, revisa las bases y la orden de compra.
  • Inscribe los acuerdos excepcionales: si pactas un plazo superior al legal, debes registrarlo en el Registro de Acuerdos con Plazo de Pago Excepcional del Ministerio de Economía para que sea válido.

Como referencia de contexto del mercado (fuente privada, no oficial), el informe de morosidad 2025 de Duemint apunta a que más del 55% de las facturas llega a su fecha de vencimiento sin pagarse. Es una señal de por qué conviene que ordenes tus cobranzas y uses los mecanismos legales disponibles.

Cómo seguir la tramitación en fuentes oficiales

Dado que el proyecto ProPyme es un anuncio y podría cambiar durante su discusión, lo más sensato es que sigas la tramitación directamente en las fuentes oficiales:

  • Revisa el portal del Ministerio de Economía para los comunicados sobre los ejes del proyecto.
  • Una vez ingresado al Congreso (ingreso previsto para noviembre de 2026, sujeto a confirmación), busca el número de boletín en los sitios de la Cámara de Diputadas y Diputados y del Senado.
  • Para lo vigente, consulta el texto de la Ley 21.131 en la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN/LeyChile) y la guía "Ley Fácil" sobre pago de facturas a treinta días.

Con esta rutina evitas confundir lo anunciado con lo que efectivamente está en vigor y tomas decisiones de flujo de caja sobre información verificable.

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Preguntas frecuentes

¿El proyecto ProPyme de pago oportuno ya es ley?
No. Es un anuncio del Ejecutivo y aún no ha sido presentado al Congreso. El Gobierno estima ingresarlo a comienzos de noviembre de 2026, sujeto a confirmación. Lo vigente hoy es la Ley 21.131.
¿En cuánto tiempo deben pagarme una factura según la ley actual?
La regla general vigente es de 30 días corridos desde la recepción de la factura, según la Ley 21.131. Son días corridos, por lo que fines de semana y festivos cuentan dentro del plazo.
¿Qué puedo cobrar si me pagan tarde?
La Ley 21.131 contempla un interés moratorio equivalente al interés corriente por cada día de atraso y una comisión de recupero fija del 1% del monto adeudado, ambos calculados sobre el saldo insoluto de la factura.
¿Qué hago si el que me debe es un organismo del Estado?
Los organismos públicos deben pagar dentro de 30 días corridos desde la recepción conforme. Puedes reclamar por pago no oportuno en Mercado Público, aunque ChileCompra no fiscaliza ni exige el pago: esa responsabilidad es del organismo comprador. Revisa las bases y la orden de compra para el plazo específico.

Fuentes oficiales

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