Cómo hacer el inicio de actividades en el SII en 2026: qué es, plazos, requisitos y el paso a paso online. Para empresas y personas que emiten boletas de honorarios.
¿Qué es el inicio de actividades?
El inicio de actividades es la declaración formal con la que le informas al Servicio de Impuestos Internos (SII) que vas a comenzar una actividad económica que puede generar impuestos. Es un trámite obligatorio: sin él no puedes emitir boletas ni facturas de forma legal.
Existen dos grandes categorías, y puedes estar en una, en la otra o en ambas:
- Primera categoría: rentas del capital y de las empresas (comercio, industria, servicios a través de una sociedad, arriendos, etc.).
- Segunda categoría: rentas del trabajo independiente, como los profesionales y prestadores de servicios que emiten boletas de honorarios.
¿Quién debe hacerlo y en qué plazo?
Debe hacerlo toda persona o empresa que vaya a desarrollar una actividad económica en Chile. El Código Tributario (artículo 68) establece que el plazo es dentro de los dos meses siguientes a aquel en que comienzas la actividad.
Si constituyes una empresa a través del Registro de Empresas y Sociedades (el sistema "Tu Empresa en un Día", en registrodeempresas.cl), puedes hacer el inicio de actividades en el mismo trámite: el sistema lo informa automáticamente al SII y tu empresa queda operativa de inmediato.
Un dato 2026: con la Ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias, los bancos pueden exigir que acredites el inicio de actividades cuando una empresa abre una cuenta o pide un crédito. Tenerlo al día desde el principio te evita trabas.
Paso a paso para hacerlo online
Para una persona natural, el trámite es 100% online y gratuito:
- 1. Entra a sii.cl e ingresa con tu ClaveÚnica o tu clave tributaria.
- 2. Ve a "Servicios online" → "RUT e Inicio de actividades" → "Inicio de actividades".
- 3. Selecciona tu actividad económica (código de actividad) y la categoría que corresponda.
- 4. Indica tu domicilio comercial y los datos del negocio.
- 5. Revisa y envía. El sistema te confirma el inicio en pantalla.
Para una empresa ya constituida, el inicio puede venir resuelto desde el Registro de Empresas; si no, se hace con el RUT de la empresa y la representación legal.
Qué necesitas tener listo antes
Para que el trámite salga a la primera, ten a mano:
- Tu RUT o el RUT de la empresa: en personas naturales es tu RUN; en empresas, el RUT que se asigna al constituirla.
- El código de actividad económica: elige el que mejor describa lo que vas a hacer (puedes tener más de uno).
- Un domicilio comercial válido: es donde el SII registra tu negocio. Para muchas actividades de servicios puedes usar una oficina virtual como domicilio comercial; conviene confirmar antes que tu giro lo permita.
Qué viene después del inicio
Una vez iniciadas las actividades, lo habitual es:
- Habilitar la facturación electrónica para emitir boletas y facturas (el SII tiene un sistema gratuito).
- Declarar el F29 mes a mes (IVA y pagos provisionales mensuales, cuando corresponda).
- Elegir o confirmar tu régimen tributario —por ejemplo, el Pro Pyme— según tu situación.
Si tu actividad es comercial, recuerda que además del SII vas a necesitar la patente municipal de la comuna donde operes. Son trámites distintos y complementarios.
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